Definición leonina: que se lleva la mayor parte, en resumen, la mayor parte.
1/ Primer concepto: Según Le Robert, lo que uno se propone emprender, hacer (diseño o proyecto); ejecución de un proyecto. O también: El acto, para un empresario, de comprometerse a proporcionar trabajo para un proyecto, bajo condiciones determinadas. (
2/ Segundo concepto: Según el INSEE, una empresa es una «unidad económica jurídicamente autónoma cuya función principal es producir bienes o servicios para el mercado».
3/ Último concepto: El término «empresa» se refiere tanto a una organización como a un contrato. El artículo 1832 del Código Civil establece: «Una empresa se constituye por dos o más personas que acuerdan por contrato asignar bienes o su industria a una empresa conjunta con el fin de compartir los beneficios o beneficiarse de los ahorros resultantes». Una empresa es una entidad única con el empresario en sentido estricto; es una empresa unipersonal o un empresario individual, mientras que una corporación es una entidad jurídica distinta de su socio, incluso si este es el único. Se trata de una empresa en el sentido más amplio.
4/ Finalmente, está la firma: del latín «firmus», del francés antiguo «ferme» y del inglés medio «firm». O también, a finales del siglo XVI: del español e italiano «firma», del latín «firmare», que significa «fijar, establecer» (en latín «confirmar mediante firma»), de «firmus», que significa «firme»; Para comparar con la granja (o incluso la "fábrica" del agricultor, la fábrica), del agricultor. Originalmente, la palabra designaba el autógrafo o la firma de una persona; posteriormente (mediados del siglo XVIII), designó el nombre bajo el cual se dirigían los asuntos de una empresa, de ahí la propia empresa (finales del siglo XVIII). I. Las implicaciones leoninas de la empresa - Firma
1/ Legal:
Vimos en otro artículo en qué consiste la delegación § Capacidad y responsabilidad: Una conexión con la causa.
Bueno, legalmente, si la empresa existe como persona jurídica de derecho privado o público, y aunque es una ficción jurídica que sí tiene una realidad física hoy en día, es solo por la voluntad de la ley, es decir, por delegación del pueblo o incluso por su voluntad. Cabría preguntarse por qué el pueblo quiso crear una persona ficticia para gestionar sus actividades: en otras palabras, ¿qué puede hacer una persona "legal" (pongo comillas porque una persona jurídica puede ser delincuente dada su responsabilidad penal hoy en día, entonces se vuelve inmoral)? Bueno, no veo qué más puede hacer una persona jurídica que una persona física. Para mí, esta ficción jurídica no tiene cabida ni propósito.
a/ Poder general para modificar la ley: Y, por lo tanto, poder de coerción: Mediante el uso de cláusulas contractuales y autorizaciones legislativas y jurisprudenciales, la empresa tiene, o aún posee, poder de coerción. ¿Cómo? Cláusulas penales, diversas medidas de resolución de disputas (de ahí los servicios de cobro de deudas), cuya lista omitiremos deliberadamente aquí, y es larga. En la facultad de derecho aprendemos que el Estado se distingue de todas las demás personas por su monopolio de la coerción. Bueno, otro principio más que él mismo viola, ya que ha vendido su derecho de nacimiento al mejor postor.
Peor aún, las empresas, mediante el cabildeo y la influencia, modifican la ley, o la hacen modificar, en su propio beneficio (es decir, en beneficio de unos pocos), estableciéndose así como un verdadero poder compensatorio. Así pues, además del legislador, están el ejecutivo y el judicial, los tres poderes formales y constitucionales clásicos, pero son ojos cerrados (otros dirían echar barro a los ojos), sobre los otros poderes efectivos no podemos citar demasiados en Europa porque se les paga más bien para que guarden silencio, pero normalmente está la prensa, el poder no oficial e informal y como pienso en este artículo, las empresas (además, las empresas son su cumbre, sus organizaciones que las agrupan a todas más o menos, nacionales e internacionales como los Estados).
b/ Sumisión real del consumidor, ciudadano, contribuyente y litigante (y sigo con las calificaciones):
Examinemos esta sumisión del individuo: En una empresa o negocio tradicional, el individuo es un empleado, digo empleado porque es diferente de un empleado asalariado, ya que ciertas situaciones permiten que un empleado de la empresa no sea un empleado exempli gratia: el gerente no asalariado (o su cónyuge), etc.
The opening ends here.
You have just read the part that poses the problem. That is deliberately where open access stops. The corpus is a personal research project carried on since 1998, and the question has always interested me more than the conclusion.
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