1/ Definición de derecho de la competencia:
A priori, la libre competencia es simplemente la teoría de Darwin aplicada al mundo empresarial. Por lo tanto, la competencia puede ser brutal, antiestética, desequilibrada, etc., de muchas maneras.
Pero la competencia también puede ser una fuente de equilibrio y tranquilidad para los consumidores, pero no solo para ellos, y especialmente para las empresas que no ocupan los primeros puestos. ¿Por qué? Pues bien, sin libre competencia, solo existirían monopolios estatales o no estatales, oligopolios estatales o no estatales, etc., grupos concentrados u otros conglomerados. En teoría y en la práctica, la libre competencia permite que cualquiera surja, siempre que tenga el producto o servicio adecuado. Además, a pesar de que se han establecido instituciones estatales antimonopolio, como en Francia, por ejemplo, con la autoridad de competencia, estas autoridades son en realidad inútiles. Pondré un ejemplo sencillo: mediante contratos de membresía corporativa o, más específicamente, contratos de exclusividad, contratos de licencia, contratos de licencia de marca, etc., los precios son fijados en Francia, pero en el resto del mundo por las grandes empresas. Así, por ejemplo, en toda Francia, el Mac mini cuesta 699 €, más o menos unas pocas docenas de euros.
2/ Historia y jerarquía:
Historia: La Ley Le Chapelier de 1791 prohíbe a los miembros de una misma corporación unirse para regular sus intereses. El Código Penal reiteró esta prohibición al prohibir que las coaliciones manipularan los precios "por encima o por debajo de lo que habría determinado la libre competencia" (artículo 419 del Código Penal). Jerarquía: En este campo, encontramos de todo:
Monopolio legal o de facto: trust o cártel
Oligopolio legal o de facto
Conglomerado
Grupos concentrados
3/ ¿A qué me refiero cuando digo que los precios son fijos?
Bueno, simplemente, como siempre, como he dicho, no hay competencia real; el juego está amañado, como todo en este planeta. Esto impide cualquier desarrollo e innovación importantes. Los únicos avances que se producen suelen ser obra de monopolios u oligopolios, u otros conglomerados o grupos concentrados. Si no son ellos, entonces es obra de pequeñas empresas, respaldadas por ellos. De lo contrario, no hay salvación para nadie más. Así, las grandes corporaciones mantienen el control y la estabilidad, el dinero y el poder, con la bendición de los Estados, que se benefician de ello en términos de estabilidad, paz relativa, etc.
Pero ¿qué pasa con el empleo, la política de precios, el bienestar humano, etc.? Pues bien, estos aspectos no se tienen en cuenta en las preocupaciones de las grandes corporaciones y los Estados.
Hay que entender que los Estados aman a las grandes corporaciones:
Discuten entre iguales
Son la fuente de enormes beneficios y, por lo tanto, de todo tipo de impuestos
Son una garantía de estabilidad y visibilidad presupuestaria
Son los abanderados a nivel internacional
4/ ¿Qué solución?
Como siempre, hay soluciones, pero este no es el momento ni el momento para el artículo; como les recuerdo, el título es «Competencia y Definición».
Una vez sentadas las bases, siempre habrá tiempo para llegar a los hechos reales.
Autor:
Vidal Bravo - Jandia Miguel
Ingeniero - Máster II en Derecho
París II / Panteón - Assas
UFR Montpellier I - Centro de Derecho del Consumidor